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Las instrucciones escritas para el conductor se modifican totalmente a partir del 1 de julio de 2009, facilitando enormemente la gestión administrativa a las empresas. Las importantes ventajas se resume en:

Se libera al expedidor de la obligación de entregar las Instrucciones escritas al transportista/conductor, ya que es el transportista el obligado a proporcionarlas a todos los tripulantes del vehículo, asegurándose de que las comprenden.

Se eliminan todas las intrucciones escritas, por números ONU, por clases, etdc. , reduciendo las mismas a UN SOLO MODELO de "Instrucciones escritas para el conductor". El contendio del modelo no depende del expedidor, ya que es una copia exacta del publicado en el ADR 2009. En consecuencia, lo único que se debe verificar es que el conductor lleve, siempre a mano, estas intrucciones, que sirven para todo lo que se cargue. SIEMPRE EL MISMO DOCUMENTO.

Se elimina la obligación de expedir las instrucciones escritas en el idioma de todos los países por los que transite el vehículo, dejando exclusivamente el idioma que entienda el conductor y, en su caso, el resto de tripulación del vehículo. YA NO TENEMOS QUE PREOCUPARNOS DE CONSEGUIR, O TRADUCIR las intrucciones a los distintos idiomas.

EL ÚNICO MODELO DE INSTRUCCIONES ESCRITAS VÁLIDO SERÁ EL QUE SE PUBLIQUE EN EL B.O.E.
Recordamos que el ADR establece que no se podrá modificar ni el formato, ni el contenido, por lo que deberá ser una copia exacta del que se publique en el BOE y expedirse en cuatro hojas.

SOLICITE SUS INSTRUCCIONES ESCRITAS PARA EL CONDUCTOR
(Válidas únicamente haste el 30 de junio de 2009)

El buscador ofrece las instrucciones escritas, en castellano, de cualquier mercancía peligrosa.
Usted podrá visualizar on-line, guardar e imprimir la mayoría de las instrucciones que necesite y, en caso de que sus instrucciones no estén disponibles, se las confeccionamos y se las remitimos por e-mail.
Además, con las instrucciones solicitadas el sistema crea su base de datos particular , con la fecha y hora de la primera petición. De esta forma, en el apartado "Mis instrucciones", usted podrá acceder directamente a todas las instrucciones que maneje su empresa.

Estas instrucciones deberán ser proporcionadas por el expedidor y entregadas al conductor lo más tarde cuando las mercancías peligrosas se carguen sobre el vehículo, informando previamente al transportista lo más tarde cuando se dé la orden de transporte. * Deberán guardarse en la cabina del conductor de una manera que permita fácilmente su identificación. Pero las instrucciones escritas que no sean aplicables a las mercancías que se encuentren a bordo de un vehículo, deberán mantenerse apartadas de los documentos pertinentes (cartas de porte), con el fin de evitar cualquier confusión. * Las "Instrucciones Escritas" serán redactadas en la lengua que el conductor o los conductores que se hacen cargo de las mercancías peligrosas puedan leer y comprender , y en todas las lenguas de los países de origen, de tránsito y de destino.

 

 

 

ECOSMEP, S.L.L.* Asarau,20 - 1ºA· 12001 Castellón * Telf: 964 22 45 43 * Fax: 964 22 89 59 * E-mail:ecosmep@ecosmep.com * www.ecosmep.com
Reg. Mercantil de Castellón, Tomo 1073, Libro 637, Folio 186, Sección 8, Hoja CS-17887, Insc. 1ª - C.I.F. B-12559175
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