¿CÓMO AVERIGUAR SI LA EMPRESA TIENE LA OBLIGACIÓN DE CUMPLIR EL A.D.R. Y DE NOMBRAR CONSEJERO DE SEGURIDAD?

1.-EXCENCIONES TOTALES

1.1 ¿Todas las mercancías peligrosas que venden/compran/transportan están acondicionadas para venta al por menor?
SI
NO
1.2 ¿Todas las mercancías peligrosas que se venden/compran/transportan son para uso particular, personal, o con fines de recreo, de tal manera que de su utilización no se derive la obtención de ingreso alguno?
SI
NO
1.3 ¿El transporte de mercancías peligrosas se realiza como actividad complementaria a la principal, no almacenando dichas mercancías, ni procediendo a su distribución?
SI
NO


2.-EXENCIONES CUASI-TOTALES EN FUNCIÓN DE LA MERCANCÍA, DE LA FORMA DE ENVASE/EMBALAJE Y DEL VOL

2.1 ¿Se transporta, carga o descarga mercancías peligrosas de las clases 1(explosivos), 2(gases), 4.2 (materias que pueden experimentar inflamación espontánea), 6.2(infecciosas ) o 7 (radiactivas) SI NO
2.2 ¿Todo el transporte, carga y descarga se realiza en envases/embalajes combinados, sin exceder los 12l o 24 Kgs. por bulto para clases 4.1, 6.1, 8, 9, los 30 Kgs. por bulto para las clases 4.3, 5.1, 5.2, o los 45 litros por bulto para la clase 3? SI NO
2.3 ¿Todo el transporte, carga y descarga se realiza en envases metálicos o de plástico resistente que se transporten en cubetas de funda retráctil o extensible a modo de embalajes exteriores, sin exceder de los 20 Kgs.por bulto? SI NO
Se trata de máximos absolutos ,será necesario comprobar además la capacidad de los envases interiores y se deberán cumplir otros requisitos en función de la mercancía .


3.- EXENCIONES POR CANTIDAD CARGADA/ DESCARGADA/ TRANSPORTADA EN UNIDAD DE TRANSPORTE

3.1 ¿Se compran, venden o transportan mercancías peligrosas, del grupo de embalaje III, en cantidades siempre inferiores a 1.000 Kgs. o litros por unidad de transporte, en bultos: paquetes, bidones, etc.(Categoría de transporte 3? SI NO
3.2 ¿Se compran, venden o transportan mercancías peligrosas, del grupo de embalaje II, en cantidades siempre inferiores a 333 Kgs. o litros (Categoría de transporte 2)? SI NO
3.3 ¿Se compran, venden o transportan mercancías peligrosas del grupo de embalaje I, muy peligrosas, en cantidades siempre inferiores a 20 Kgs. o litros(Categoría de transporte 1)? SI NO
3.4 Si se transportan bultos, en un mismo vehículo, de distintas categorías de transporte,¿la suma de los de la categoría de transporte 1, multiplicados por 50, los de la categoría 2, multiplicados por 3 y los de la categoría 3 suman menos de 1000 kg? SI NO
Aunque generalmente estos límites están establecidos para cada grupo de embalaje I, II, III, en función de la clase a que pertenezcan las mercancías peligrosas, será necesario ver las particularidades para cada una de ellas. Por ej. Los límites para la clase 6.1, III están en 333 Kgs. y no en 1.000 Kgs.

     

 

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