Las instrucciones escritas para el conductor se modifican totalmente a partir del 1 de julio de 2009, facilitando enormemente la gestión administrativa a las empresas. Las importantes ventajas se resume en:
Se libera al expedidor de la obligación de entregar las Instrucciones escritas al transportista/conductor, ya que es el transportista el obligado a proporcionarlas a todos los tripulantes del vehículo, asegurándose de que las comprenden.
Se eliminan todas las intrucciones escritas, por números ONU, por clases, etdc. , reduciendo las mismas a UN SOLO MODELO de "Instrucciones escritas para el conductor". El contendio del modelo no depende del expedidor, ya que es una copia exacta del publicado en el ADR 2009. En consecuencia, lo único que se debe verificar es que el conductor lleve, siempre a mano, estas intrucciones, que sirven para todo lo que se cargue. SIEMPRE EL MISMO DOCUMENTO.
Se elimina la obligación de expedir las instrucciones escritas en el idioma de todos los países por los que transite el vehículo, dejando exclusivamente el idioma que entienda el conductor y, en su caso, el resto de tripulación del vehículo. YA NO TENEMOS QUE PREOCUPARNOS DE CONSEGUIR, O TRADUCIR las intrucciones a los distintos idiomas.
EL ÚNICO MODELO DE INSTRUCCIONES ESCRITAS VÁLIDO SERÁ EL QUE SE PUBLIQUE EN EL B.O.E.
Recordamos que el ADR establece que no se podrá modificar ni el formato, ni el contenido, por lo que deberá ser una copia exacta del que se publique en el BOE y expedirse en cuatro hojas. |