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Ecosmep [05/07/2011]
El ADR 2011 es el único obligatorio a partir del 1 de julio, a expensas de que se publique en el Boletín Oficial del Estado.
En la página
ADR 2011 encontraréis numerosos recursos sobre el ADR 2011, entre otros:
-Libro ADR 2011 publicado por el Mº de Fomento.
-ADR 2011, dividido en sus nueve partes y la tabla A.
-Medidas transitorias ADR 2009 obligatorias el 1 de enero de 2011
-Resumen de modificaciones 2011.(D. Enrique Sánchez Mota). Mº Fomento.
-Avance del ADR 2011. Mº Fomento.
-Resumen de modificaciones 2011.Mº.Fomento.
-Modelo oficial instrucciones escritas conductor. ADR 2011
Os recordamos que una de las modificaciones que introduce el ADR 2011 afecta a las cartas de porte, fundamentalmente:
-En el transporte de residuos, la palabra 'RESIDUOS' debe aparecer detrás del número ONU y no delante como hasta ahora.
-Cuando se transporten mercancías peligosas para el medio ambiente (cuando lleven la marca de peligroso para el medio ambiente) en la carta de porte es obligatorio añadir 'PELIGROSO PARA EL MEDIO AMBIENTE', excepto para UN 3077 Y UN 3082,que ya lo incorporan en su designación.
Igualmente es destacable recordar que:
-Las únicas instrucciones escritar válidas son las que aparecen en nuevo ADR 2011 y son las únicas que deben llevarse en la cabina del vehículo, a disposición de las Autoridades.
-El etiquetado de embalajes combinados, que se acogen a la exención por cantidades limitadas (LQ) se ha modificado la etiqueta que deben llevar. Como la nueva etiqueta ya no debe llevar el número ONU, las cajas serigrafiadas con las nuevas etiquetas son válidas para cualquier número ONU, por lo que es coveniente que ya se serigrafie la nueva etiqueta, aunque la anterior sigue siendo válida.