Dependerá del combinado en el tipo de transporte y de los reglamentos para cada modalidad: ADR, IMDG, IATA. El ADR únicamente regula que si el transporte es intermodal y se cumplen los requisitos de cualquier otra modalidad IMDG ó IATA, se está cumpliendo también el ADR, aunque es necesario especificarlo en la carta de porte. En el siguiente link puedes encontrar un documento de referencia: http://www.ecosmep.com/ADR/Informes/TRANSPORTE%20MULTIMODAL.pdf Pero, repito es conveniente conocer las normas que regulan cada uno de los transportes que intervienen en la operación, ya que si no se cumplen los requisitos, por ejemplo, del IMDG, las mercancías no se cargarán en el barco. | Administrador de foro 12/07/2010 8:58:23 |