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   CLASIFICACION

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Hola, tengo una duda sobre como clasificar varias mezclas que estamos fabricando, según el ADR 2011 dice que toda solución o mezcla que tenga alguna materia expresada en la tabla A del capitulo 3.2 y una o más materias no sujetas al ADR, esta solución o mezlca se debe clasificar con como mercancia peligrosa igual que la materia que aparece en dicha tabla.
¿Da igual el % que lleve de esta materia peligrosa en la mezcla?.

Gracias

ROSARIO RODRIGUEZ SASTRE
02/02/2011 16:46:58

Mira mejor el epigrafe de referencia porque únicamente se refiere a mezclas formadas por una materia ADR principal y otras materias no ADR u otras materias ADR, pero éstas en un % ínfimo: una traza.

"2.1.3.3 Si una solución o una mezcla está constituida de una sola materia principal expresamente mencionada en la tabla A del capítulo 3.2 y una o más materias no sujetas al ADR o trazas de una o varias materias expresamente mencionadas en la tabla A del capítulo 3.2, ..."

Y además deberán tenerse en cuenta los condicionentes que aparecen en los siguientes apartados:

"a) la solución o la mezcla estén expresamente mencionadas en la tabla A del capítulo 3.2;
b) el nombre y la descripción de la materia expresamente mencionada en la tabla A del capítulo 3.2 indiquen expresamente que sólo se aplica a la materia pura;
c) la clase, el código de clasificación, el grupo de embalaje o el estado físico de la solución o la mezcla sea diferente de la materia expresamente mencionada en la Tabla A del capítulo 3.2; o
d) las características de peligro y las propiedades de la solución o mezcla, necesiten medidas de intervención en caso de una emergencia diferentes de las requeridas para la materia expresamente mencionada en la tabla A del capítulo 3.2.

En los casos indicados arriba, excepto el descrito en a), la solución o la mezcla se clasificará como una materia no expresamente mencionada, en la clase que corresponda bajo un epígrafe colectivo que figure en la subsección 2.2.x.3 de dicha clase, teniendo en cuenta los riesgos subsidiarios que pudieran estar presentes en ella, a menos que la solución o mezcla no responda a los criterios de ninguna clase; en cuyo caso no están sujetos al ADR."

Como ves, únicametne se debe asignar el nº ONU de la materia principal, cuando las otras materias ADR aparezcan en un % pequeñísimo. De lo contrario, es necesario buscar el nombre génerico que le corresponda.

Administrador de foro
02/02/2011 18:24:46

 
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