Buenas tardes, Soy nueva en esto y estoy un poco pez. Mi duda es la siguiente. Tengo entendido que no todos los residuos peligrosos tienen por qué ser una mercancía peligrosa, por lo que entiendo yo no estarian sometidos al ADR, y entonces no estarían sujetos a la documentación de transporte. Como puedo saber cuales si están sometidos a ADR y cuales,no? Pongo el ejemplo de los RAEES peligrosos, x ejemplo Neveras que contienen CFC o pantallas con tubos catódicos (TV). ¿Este tipo de residuos estarían sometidos a ADR? ¿El nº onu sería el 3077? en este caso los CFC son contaminantes atmosfericos, pero no contaminarian medio acuaticos... ¿Tendrian que llevar carta de porte e instrucciones escritas? Muchas gracias, espero haber sido clara..pero en estos momentos tengo muchas dudas.! Saludos, | Pilu S. 22/02/2011 15:06:03 |