En general, todos los fabricantes están homologando los extintores a la norma EN 3, parte 7, según estipula el ADR 2011. Pero los extintores que ya están en servicio, a bordo de los vehíuclos, deberían ser adaptados (si el extintor lo permite y el proveedor puede hacerlo) o deberían ser sustituidos por extintores que cumplan la norma EN 3, PARTE 7, según estipula el ADR. Dicho lo anterior, parece normal, que el criterio se aplique a los nuevos extintores, o a la sustitución de los actuales cuando estos caduquen. Aunque si se aplica el ADR al pie de la letra, todos los extintores deberían ser sustituidos, antes del 1 de julio. | Administrador de foro 09/04/2011 20:08:19 |