Carnet ADR
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Hola, soy nuevo en esto de ADR y tengo una duda que creo que es básica: Si estoy transportando materia acogida a la exención 1.1.3.6, este vehículo puede ser un vehículo cualquiera, un turismo por ejemplo?, si necesidad de tener ninguna otra característica?. Y lo que es más importante, puedo conducir este vehículo sin tener el carnet ADR ni haber hecho los cursos específicos que para algunas de las clases se requieren?. Gracias | Marcos Andrea 16/05/2011 9:25:32 | El vehículo debe estar diseñado para transportar mercancías en general, no debería ser un vehículo, por ejemplo, que no disponga de separación entre conductor y receptáculo para mercancías. Y debe ir equipado, como mínimo, con un exintor de 2 Kgs. Además se debera, para cogerse a la exención 1.1.3.6 se deberá cumplir: -El conductor no debe acreditar ningún carnet ADR, pero si que debe recibir la formación básica que establece el ADR para todos los participantes en la carga, descarga, embalaje, y conductores que no tengan el carnet ADR, con arreglo al capítulo 1.3. -Se deberá emitir y llevar en el vehículo carta de porte de mercancías peligrosas, donde aparezcan los totales por categoría de transporte. -Los productos deben ir bien embalados, marcados, etiquetados y correctamente estibados. | Administrador de foro 20/05/2011 13:35:53 |
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