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   Carnet ADR

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Hola, soy nuevo en esto de ADR y tengo una duda que creo que es básica: Si estoy transportando materia acogida a la exención 1.1.3.6, este vehículo puede ser un vehículo cualquiera, un turismo por ejemplo?, si necesidad de tener ninguna otra característica?. Y lo que es más importante, puedo conducir este vehículo sin tener el carnet ADR ni haber hecho los cursos específicos que para algunas de las clases se requieren?. Gracias

Marcos Andrea
16/05/2011 9:25:32

El vehículo debe estar diseñado para transportar mercancías en general, no debería ser un vehículo, por ejemplo, que no disponga de separación entre conductor y receptáculo para mercancías. Y debe ir equipado, como mínimo, con un exintor de 2 Kgs.

Además se debera, para cogerse a la exención 1.1.3.6 se deberá cumplir:

-El conductor no debe acreditar ningún carnet ADR, pero si que debe recibir la formación básica que establece el ADR para todos los participantes en la carga, descarga, embalaje, y conductores que no tengan el carnet ADR, con arreglo al capítulo 1.3.

-Se deberá emitir y llevar en el vehículo carta de porte de mercancías peligrosas, donde aparezcan los totales por categoría de transporte.

-Los productos deben ir bien embalados, marcados, etiquetados y correctamente estibados.




Administrador de foro
20/05/2011 13:35:53

 
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