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   OBLIGACIÓN DE LA EMPRESA O DEL TRANSPORTISTA CONSEJERO SEGURIDAD

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Quisiera que me aclararan una duda con respecto a la obligación o no de una empresa de nombrar consejero de seguridad si tiene un depósito de 15.000 litros de gasoil y otro de gasolina, y es una empresa externa quien se lo suministra, entrando la cisterna a la fábrica y siendo el mismo conductor de la cisterna quien procede al llenado de los mismos.

En este caso y siendo el conductor quien llena estos depósitos, tiene la empresa que nombrar consejero de seguridad?

Gracias

francisco lopez gorrin
16/06/2011 13:46:05

Efectivamente, la empresa compradora debe designar consejero de seguridad, ya que es responsable de la descarga y debe disponer de personal propio que realice, o controle, que la operación se realiza correctamente. Únicamente se traslada la responsabilidad al transportista, en el caso de que el gasóleo se utilice exclusivamente para consumo doméstico: calefacción, cocinas, agua sanitaria, etc.

Administrador de foro
16/06/2011 16:30:20

 
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