exención para transportar cobre
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hola, tengo una duda respecto a un transporte de cobre (ADR 9, III). Debo transportar un camion de 24 toneladas dentro de Europa, cargado con 23 toneladas de material no ADR y una de cobre. Yo tengo entendido que si la cantidad es una tonelada, este tipo de ADR queda exento, y por tanto el camión no necesita ser ADR, ¿es correcto? gracias | S. B. 22/06/2011 15:57:15 | Efectivamente, si la cantidad de cobre no supera los 1000 Kgs. el transporte se puede acoger a la exención 1.1.3.6 del ADR, pero siguen siendo necesarios cumplir algunos requisitos, entre otros: -El vehículo deberá llevar un extintor de, como mínimo, 2 Kgs. -Se deberá llevar carta de porte, donde consten las cantidades por categoría de transporte, en este caso la categoría: 3 -El conductor debe acreditar la formación básica, según el capítulo 1.3 del ADR, aunque no debe tener el carnet ADR. -Los bultos irán correctente etiquetados, marcados y estibados | Administrador de foro 22/06/2011 16:30:54 | muchas gracias por la rápida y clara respuesta! | S. B. 22/06/2011 16:48:35 |
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