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   Drogueria y perfumeira LQ

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Distribuimos productos de droguería y perfumería aptos para el consumo y todos ellos embalados en cantidades limitadas. Me he dado cuenta que algunos proveedores están cambiando la etiqueta en la que figuraba el número ONU, por la nueva etiqueta.
¿Es correcto que no figure el número ONU en este tipo de bultos con la nueva etiqueta?

En un bulto que contiene pickin de varios productos, tanto los catalogados como mercancía embalada en cantidades limitadas, como los que no tienen ninguna clasificación, ¿es necesario que este bulto vaya marcado con la nueva etiqueta de embasado en cantidades limitadas?

En un palet además de llevar la marca de sobreembalaje ¿ha de llevar la etiqueta de mercancia embalada en cantidades limitadas visible.?

Jose Gonzalez
04/08/2011 12:22:12

Sí, el número ONU ya no debe aparecer.
En cuanto al embalaje en común, siempre es preferible separar las mercancías peligrosas de las que no lo son, dados los requisitos específicos que se deben cumplir con las mercancías peligrosas. En este sentido, si las mezclas, el palet deberá llevar la marca de exención por LQ, así como la marca "SOBREEMBALAJE/OVERPACK"

Administrador de foro
04/08/2011 17:28:53

 
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