Hola a todos los compañeros del foro. Tengo un amigo que se dedica a la reparación de frigorificos y por ello lleva en el vehículo cinco botellas pequeñas de gas refrigerante para recargar los aparatos, lo ha parado la Guardia Civil y le ha dicho que tiene llevar carta de porte. Yo le he comentado que en función de su actividad podria acogerse a la exención total recogida en el apartado c). de la Sección 1.1.3.1 del ADR, y que por tanto esta exento de tener que cumplir las disposiciones del ADR durante el transporte. No se si le he aconsejado bien, espero vuestras respuestas. Gracias. | Encarnación González Martos 27/04/2012 12:42:13 |
En principio tu indicación es apropiada. Sin embargo,dado que se trata de un transporte habitual,por seguridad, conviene que el vehículo vaya equipado con un extintor de 2 Kgs. y que las botellas bien estibadas. Además para evitar problemas con la Guardia Civil y dado que siempre llevará las mismas botellas, no cuesta nada llevar una carta de porte. A veces puede resultar más complicado, demostrar que el transporte es totalmente exento. | Administrador de foro 27/04/2012 16:04:02 |