Por falta de comunicación entre departamentos,tenemos una empresa que ya no existe al ser absorbida por una de nueva creación. Mi pregunta es, si se puede a fecha de hoy, dar al Consejero de baja (empresa cerrada) y de alta (empresa creada)con fecha 01/01/2012 de cara a poder hacer el resumen anual correcto y si esto comporta algún tipo de sanción. Muchas gracias por vuestra colaboración. | JULIO LOPEZ GARCIA 10/10/2012 10:01:06 |
Si la empresa que ya no existe no ha realizado ninguna operación con mercancías peligrosas durante el año 2012, debes comunicar la baja del consejero desde el 31 de diciembre de 2011, de lo contrario estarás obligado a presentar Informe Anual 2012, aunque sea sin operaciones. La normativa no establece plazo para comunicar la baja del consejero por cese de actividad,pero si no lo comunicas, repito, tienes obligación de presentar el Informe Anual. Igualmente debes comunicar el alta del consejero para la nueva empresa, pero con fecha 1 de enero de 2012, o cualquier fecha posterior, lo que te obligará a presentar Informe Anual 2012. | Administrador de foro 10/11/2012 16:30:54 |