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   CARTA DE PORTE

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Tengo las siguientes dudas:
- La carta de porte substituye al documento de control ?
- Es obligatorio poner la matricula del vehiculo en la carta de porte en vacio ? En caso afirmativo me gustaria saber que ley lo indica.

La orden FOM 238/03 hace mencion a la informacion del documento de control, pero no se si es de obligado cumplimiento o sigue vigente dicha ley

Iker perez rodriguez
26/02/2013 21:31:36

1º. La Orden FOM 238/03 establece que quedan exentos los Transportes de mercancías peligrosas documentados en una carta de porte ajustada a la legislación vigente en la materia, la cual deberá, no obstante, conservarse en los términos señalados en este artículo.
Por tanto la carta de porte si substituye al documento de control
2º. Ni el ADR ni el reglamento que lo complementa en España (RD551/2006)establecen la obligación de incluir la matrícula en la Carta de Porte de mercancías peligrosas (ni de lleno ni de vacío).

Pero OJO!

La Orden FOM 2861/2012 que va sustituye a la anterior y entrará en vigor el 5 de julio de 2013 cambia bastante las cosas:
1. La carta de porte podrá substituir al documento de control siempre que incluya toda la información del artículo 6, entre ella la matrícula de los vehículos.
2. Las cisternas vacías sin limpiar no forman parte de la cadena de transporte de una mercancía,ya que no hay mercancía. por tanto no necesitan documento de control. Y la carta de porte en vacío no necesita matrícula.
Sin embargo los envases vacíos si son mercancía y forman parte del contrato de transporte. En este caso sí será necesario que en la carta de porte en vacío se incluya la matrícula del vehículo.

Todo esto es aplicable al transporte público, no a mercancías propias. en este último caso no es necesario el documento de control.

Juan García López
26/02/2013 22:57:30

Pero la cisterna vacia sin limpiar a efectos del ADR es como si iria llena , entonces necesia documento de control no ?

Iker perez rodriguez
27/02/2013 21:58:55

Los envases vacion sin limpiar , si se han tomado las medidas adecuadas para evitar el riesgo de la materia , no esta sometido al ADR y no tienes que cumplir nada del ADR.
Las cisternas vacias sin limpiar a efectos del ADR es como si irian llenas.

Que legislacion indica que la cisterna vacia sin limpiar no es mercancia y los envases vacios sin limpiar si?

Iker perez rodriguez
27/02/2013 22:10:57

Buenas noches Iker,

1º. El documento de control es un documento procedente de la Ley de Contrato de Transporte terrestre de mercancías. La carta de porte procede del ADR.
2º La cisterna vacía sin limpiar, como bien dices, a efectos del ADR, es como si fuera llena. Necesita carta de porte, con el fin de identificar los riesgos, de acreditar que, a pesar que se ha vaciado, existe un riesgo derivado de la mercancía que contenía la cisterna. el documento de control lleva los datos de la mercancía (como sujeto de compra o venta). Por eso entiendo que una cisterna vacía no necesita documento de control (el vacío ni se compra ni se vende), pero logicamente sí necesita carta de porte.
3º En cambio los envases vacíos sí son sujeto de compra o venta y por tanto deben ser incluidos en un documento (si es en la carta de porte no necesitarás otro documento)

Juan García López
27/02/2013 23:31:25

 
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