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   expedidor y destinatario en transporte de equipos portátiles de gammagrafía industrial

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Hola, quería hacer una consulta acerca de transporte de equipos portátiles de gammagrafía industrial (UN 2916). 


El caso sería: una empresa que es propietaria de este equipo y que lo utiliza para el diagnóstico de estructuras en las instalaciones de otras empresas. Por tanto el transporte consiste en el traslado del equipo de gammagrafía desde las instlaciones de la empresa propietaria del equipo a las instalaciones del cliente, la utilización del equipo con personal propio para el diagnóstico de la estructura y el regreso a la empresa propietaria del gammágrafo (siempre en el mismo día). Todas las operaciones (carga, transporte y descarga) se hacen con personal y bajo la responsabilidad de la empresa propietaria del equipo. 


La pregunta es: ¿en la carta de porte, quien debe figurar como expedidor y destinatario en los trayectos de ida y vuelta? 


Opción a): La empresa propietaria del gammágrafo es expedidora y destinataria en ambos trayectos (ida y vuelta), pues es la responsable en todo momento y el cliente no va a quedarse con la mercancía transportada. 

Opción b): Para la ida, la expedidora es la empresa propietaria del gammágrafo y el destinatario el cliente y para la vuelta el expedidor es el cliente y la destinataria la empresa propietaria del gammágrafo. 


Gracias de antemano, un saludo





Marta Perez Martinez
14/09/2018 14:30:32

 
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