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   Cartas de porte para el destinatario

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Si existe contratode transporte, la normativa aplicable es la Ley 15/2009, de 11 denoviembre, del contrato de transporte terrestre de mercancías. Si loque se transporta esmercancía peligrosa, el ADR esla normativa que establece suscondiciones de transporte. Unacosa es la regulación del negocio jurídico y otra la forma dellevarlo a cabo. El ADR (o el ATP para alimentos), establecen paracada caso las condiciones de transporte que no pueden quedar avoluntad de los contratantes por estar comprometida la seguridad. Enel caso de MMPP, el ADR y RealDecreto 97/2014 obligan adocumentar el transporte en carta de porte. Establecida la obligaciónde carta de porte, de lo queindica Pedro LP, ¿qué es lo que no se entiende?

jesus domingo ferrer
29/09/2021 9:47:24

Aunque exista contrato de transporte y se aplique la Ley 15/2009, según esta misma Ley, la carta de porte no es obligatoria, por lo que huelga decir que al no ser obligatoria, no es obligatorio que se expidan 3 ejemplares y, consecuentemente, el destinatario no tiene derecho a solicitar una copia de la carta de porte ADR.   Como la carta de porte, con arreglo a la Ley 15/2009 no es obligatoria, en el caso del transporte de mercancías peligrosas, la carta de porte únicamente debe cumplir los requisitos que se indiquen en el ADR y el R.D.97/2014, que no exige copia para el destinatario.


Creo que confundes el contrato de transporte, con la carta de porte, que repito, no es obligatoria según la Ley 15/2009, aunque exista el contrato de transporte.

JOSALVA
29/09/2021 10:02:54

 
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