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   CARNET ADR

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SI YO HAGO UN TRANSPORTE EN BULTOS SIN SUPERAR LAS CANTIDADES MAXIMAS PARA ACOGERME A UNA EXENCION PARCIAL, CON LO CUAL,MI FURGONETA NO LLEVARIA PANELES NARANJAS:
- A partir del uno de enero de 2007, necesitaria tener carnet ADR?
- La carta de porte es obligatoria en este caso?

Elena Tamargo
15/03/2006 11:00:11

Se me ha olvidado comentaros: la furgoneta es de menos de 3.5 t

Elena Tamargo
15/03/2006 11:01:32

Hola Elena:

A ver si nos entendemos:
Si las mercancias que vas a transportar no estan afectadas por el ADR (por ejemplo, por acorgerme al 1.1.3.6). ¿Porque el chofer si deberia estarlo? Mi opinión es que si nunca (insisto: nunca) vas a estar dentro del ADR, no necesitarias el carnet.
De igual manera tu furgoneta, si siempre las mercancias van a estar exentas tampoco necesitaria aplicar el ADR.

Distinto caso el de la carta de porte: se aplica el 5.4.1.1.10.1, debes llevar carta de porte en la que debe indicar: "transporte que no excede de los limites prescritos en 1.1.3.6"

Espero que te sirva.

Foster

Foster
15/03/2006 14:28:13

ok, muchas gracias, me que da claro

Elena Tamargo
17/03/2006 10:57:21

 
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