Dado que la palabra "SOBREEMBALAJE" no debe aparecer en los bultos, cuando el epígrafe 5.1.2.1 a)dice: "a menos que sean visibles las marcas y las etiquetas representativas de todas las mercancías peligrosas contenidas en el mismo." entendemos que se refiere exclusivamente al marcado UN y a las etiquetas de peligro, que si que deben ir en cada bulto. En consecuencia, consideramos que la marca "SOBREEMBALAJE" es obligatoria siempre, independientemente de que sean visibles las marcas y las etiquetas representativas de todas las mercancías peligrosas contenidas en el palet: "5.1.2.1 a) Todo sobreembalaje debe llevar una marca con la palabra “SOBREEMBALAJE” y ... " | Administrador de foro 07/04/2006 12:12:12 |