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   LIMITE SUPERIOR PARA EL GRADO DE LLENADO

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COMO SE SABE SI UNA SUSTANCIA ESTÁ SUJETA A UN LIMITE SUPERIOR PARA EL GRADO DE LLENADO EN CISTERNAS O CONTENEDORES CISTERNA?
QUÉ CARACTERISTICAS DEBE CUMPLIR LA INSTALACIÓN DE CARGA/DESCARGA DE ESTAS SUSTANCIAS PARA QUE UNA OCA CONSTATE SU EFICACIA Y SEGURIDAD (ART.30 DEL R.D. 551/2006)?

GRACIAS

marta villar
22/05/2006 10:20:35

Hola Marta:

Para saber el grado de llenado de una sustancia, debes aplicar las formulas del capítulo 4.2.1.9. (para la densidad puedes acudir a la FDS o aplicar también la fórmula).

Para la instalación, tu misma indicas el artículo 30. De todas maneras, una llamada a la OCA y te informarán ellos mismos de que necesitas.

Espero que te sirva.

Joan Cano

Joan Cano i Dorca
22/05/2006 21:43:50

En la pestaña "Lista de comprobaciones" del portal http://www.ecosmep.com hay un recurso de interés sobre el grado de llenado:
- Cálculo Grado Máximo de LLenado (Julián Sánchez. Marzo 2004)

El nuevo R.D.551/06 que regula el transporte por carretera de mercancías peligrosas se refiere expresamente a las instalaciones de carga o descarga de cisternas en su artículo 30 que dice:

"Artículo 30. Instalaciones de carga o descarga de cisternas.
Para la carga y descarga de vehículos cisternas, cisternas desmontables, contenedores cisterna, cisternas portátiles y cajas móviles cisternas, que transporten mercancías peligrosas por carretera, se deberán cumplir las
siguientes normas:
a) Las instalaciones de llenado de cisternas, para las que el ADR establece un límite superior para el grado de llenado, dispondrán de un dispositivo de control de la cantidad máxima admisible, de tipo óptico y/o acústico, que garantice las condiciones de seguridad en razón del
producto que se transporte u otro sistema de eficacia equivalente aprobado por la autoridad competente, previo informe de un organismo de control autorizado en el que se constate su eficacia y seguridad.

Artículo 32. Grado de llenado de cisternas.
El expedidor indicará al cargador de cisternas y hará constar en la carta de porte, o en documento anexo, el grado de llenado que corresponda a cada materia y recipiente, de conformidad con el ADR.
El cargador de cisternas deberá calcular la cantidad a cargar en función de la MMA del vehículo, el grado de llenado, la capacidad de la cisterna y la carga residual contenida, que deberá ser evaluada. En el caso de las cisternas fijas o desmontables, cisternas portátiles, contenedores
cisternas y cajas móviles cisternas compartimentados se tendrá en cuenta lo dispuesto en el párrafo anterior para cada uno de los depósitos y/o compartimentos. Al objeto de evitar interpretaciones erróneas, las cantidades a cargar se indicarán en las unidades de medida más apropiadas
al sistema de llenado y control de la instalación; es decir: litros, kilos, porcentaje de la capacidad, etc."

Además el artículo 33 dice:

"El cargador de cisternas comprobará, con suficiente garantía, el peso o volumen cargado y el grado de llenado."

Administrador de foro
22/05/2006 23:50:22

Respecto al grado de llenado, solo unas indicaciones de forma resumida (si alguien quiere o necesita profundizar en el tema estoy dispuesto)

Cuando hablamos de grado de llenado de liquidos, segun los casos contemplados en el recurso indicado por el administrador del foro, se habla de tanto por ciento de llenado y a una temperatura determinada.

Hoy dia, cuando se habla de sistema de carga automatizados e informatizados, conocer la temperatura a la qeu se carga no es problema, conocer los litros cargados tampoco, y por tanto hablar de grado de llenado en volumen no es problema.

En el articulo 30 del 551 se habla de sistemas optico o acustico, por lo qeu entiendo qeu se sigue pensando en volumen, ahora bien.

Aquellos cargadores que no tengan contadores, o aquellos qeu tengan bascula, o aquellos que quieran, pueden controlar el grado de llenado por peso.

Haciendolo por peso, nos da igual la temperatura a la qeu se cargue el producto, no nos tiene qeu preocupar, la unica variable que interviene si trabajamos por peso, es la pposible variacion (aunqeu pequeña) de la densidad del producto.

Calculese el grado de llenado para una determinada temperatura y calculese el peso de producto que se puede cargan en 100 litros de compartimento de la cisterna.

Repitase el calculo anterior para varias temperaturas y se cmprobará que el peso para 100 litros de compartimento siempre es el mismo.

MUY IMPORTANTE, tanto si lo controlamos por peso como por tanto por ciento de volumen, lo principal es asegurarse de que la cisterna esta vacia antes de iniciar la carga, de nada nos sirve cargar solamente el 95% (por ejmplo) cuando el ADR asi lo exija, y que el compartimento quede lleno al 99% o haya derrame por carga residual.

julian valencia
23/05/2006 0:33:19

 
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