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   Sello en Cartas de Porte

Mensaje Autor
¿Deben de ir las cartas de porte en vacío selladas?
¿Es obligatorio indicar el DNI del firmante?
¿Donde se pueden encontrar esas disposiciones?
Saludos y gracias,

Miguel Angel Antúnez Plaza
14/02/2007 10:53:32

Cuando estamos hablando de carta de porte de mercancías peligrosas, no conocemos que exista ninguna regulación sobre los aspectos que comentas. Sin embargo, no vemos ningún inconveniente en que se estampe el sello del expedidor/cargador, la firma, incluso el DNI del firmante. No vemos que ello pueda suponer ninguna responsabilidad, excepto las que se deduzcan de los procedimientos establecidos por la empresa.

Administrador de foro
19/02/2007 23:17:44

 
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