TRANSPORTE DE EMERGENCIA
|
Mensaje |
Autor |
Supongamos que soy fabricante de un producto que es mercancia peligrosa y lo envaso según P200 (GAS COMPRIMIDO). Si un cliente llama porque tiene un envase que está mal o está fugando , se lo vamos a recoger en un embalaje de socorro para traerlo a las instalaciones del fabricante y poder vaciarlo y achatarrarlo. Pregunta: 1.- Ese transporte estaria totalmente exento del ADR segun 1.1.3.1 e) del ADR 2005 ? 2.- Ese transporte deberia llevar carta de porte e indicar en ella Transporte según 4.1.6.10 y EMBALAJE DE SOCORRO. 3.- El conductor deberia tener el carnet ADR o podria estar exento? | marta villar 19/02/2007 10:05:32 |
Para poder analizar bien las cuestiones planteadas sería necesario que proporcionaras información sobre la cantidad transportada, puesto que no consideramos que el transporte pueda acogerse a ninguna exención especial. No consideramos que el transporte sea de emergencias, por lo que no podrá acogerse al epígrafe 1.1.3.1 e). Tampoco es apropiado indicar en la carta de porte "Transporte según 4.1.6.10", puesto que este epígrafe está reservado para el transporte de recipientes para los que ha expirado su fecha de inspección, que no es el caso que planteas. El transporte,en función de la cantidad transportada, podrá acogerse a la exención por el 1.1.3.6, lo que eximiría al conductor de acreditar el carnet ADR. Pero siempre deberá ir acompañado de la carta de porte, en la que obligatoriamente deberá aparecer, a continuación de la designación las palabras "Embalaje de socorro" | Administrador de foro 19/02/2007 23:57:36 |
no entiendo entonces a que se le llama transporte de emergencia y embalaje de socorro. Estoy hablando de una fuga de una botella que no se puede controlar en las instalaciones del usuario y cuya permanencia puede suponer la intoxicación del personal. Entonces el fabricante la recoje taponando la fuga con kits de emergencia y metiendo la botella en un embalaje metalico homologado por industria para su posterior desgaseo en la fabrica. El tamaño de la botella da igual que sean 50 o 100 kg de gas. | marta villar 23/02/2007 9:20:30 |
¿Existe algún peligro de fuga después de que la botella esté metida dentro del embalaje de socorro, homologado por industria? Si no existe fuga, el transporte no se puede considerar de emergencia y no estará totalmente exento. No obstante, en función de la cantidad transportada podrá acogerse a la exención por el 1.1.3.6 | Administrador de foro 23/02/2007 11:08:34 |
|