Efectivamente, no existe normativa que obligue a incluir en la designaciación del consejero de seguridad la dirección de todos los centros implicados, pero es un procedimiento solicitado por las Autoridades competentes, con la finalidad de conocer en todo momento la localización del riesgo por el manejo de mercancías peligrosas. Además de comunicar las altas/bajas de centros, con la designación de su consejero de seguridad, también deberán comunicarse los ceses de actividad, cambios de domicilio, denominación social, etc., así como la baja definitiva del consejero de seguridad, aunque todo ello tampoco aparezca expresamente regulado ni el R.D.1566/99, ni el el R.D.551/06 | Administrador de foro 05/03/2007 17:21:45 |