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   5.2.1 y las exenciones del 1.1.3.6

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Hola, cuando vas acogido a las exenciones ¿hay que cumplir el 5.2.1? es decir, ¿tienen que llevar los bultos el número ONU?

Gracias por las respuestas

javier Fernández
22/04/2008 20:21:56

En ningún caso la exención por el 1.1.3.6 exime del marcado y etiquetado de bultos, ni de la correcta estiba, entre otros aspectos.

En cambio, a la hora conocer el etiquetado, marcado y homologación de bultos, es muy importante tener en cuenta que los envases interiores de embalajes combinados no tienen por qué estar homologados, ni ir marcados, o etiquetados. Y, en el caso de que el bulto se pueda acoger a la exención por LQ, ni siquiera el embalaje exterior deberá estar homologado y marcado, pero deberá llevar la etiqueta de exención, con el nºONU en su interior, precedido de las letras "UN".

Administrador de foro
22/04/2008 23:01:11

gracias

javier Fernández
23/04/2008 22:55:27

 
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