El ADR sólo establece que debe ser identificado el expedidor y destinatario. Pero dado que también es necesario conocer la ruta que sigue el vehículo, conviene, en su caso, indicar la dirección de carga. En cuanto a la identificación del vehículo y transportista, no se indica nada, pero es conveniente, por lo menos, indicar la matrícula del vehículo y el nombre del conductor, puesto que tenemos obligación de comprobar que el vehículo y el conductor cumplen todos los requisitos. Interesa plasmar sobre qué vehículo hemos realizado todas las comprobaciones. Además, es posible, que debamos incluir datos del vehículo en el Informe Anual del consejero de seguridad, por lo que nuestro consejo es incluir además, la tara, el PMA del vehículo, el tipo de vehìculo cargado y, en su caso, el certificado ADR. | Administrador de foro 21/07/2008 18:57:24 |