Descarga de Gasoil
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Hola buenos días. Mi duda es la siguiente: Trabajo en un astillero, donde se realizan cargas de Gasoil a embarcaciones para su autopropulsión, en camiones cisterna. (Ya se que en estos casos no se aplica el ADR) pero La embarcación contrata al camión directamente, y la carga se hace desde nuestras instalaciones. En este caso se tendría que aplicar el ADR? nosotros como instalaciones donde se realizan las cargas, necesitaríamos un Consejero de seguridad? Son cargas de hasta 80.000l de Gasoil. Muchísimas gracias por vuestra ayuda. Irene | irene Marti 23/07/2008 7:21:27 | Consideramos que si la descarga de las cisternas se realizan directamente a los depósitos de las embarcaciones, no necesitáis consejero de seguridad. Si en vuestas instalaciones disponéis de depósitos de gasoil, donde se realiza la descarga de las cisternas, en este caso, si que deberíais tener consejero de seguridad. Ejemplo de este último caso, son las Estaciones de Servicio que hay en los puertos pesqueros, club´s naúticos, etc. | Administrador de foro 20/08/2008 20:01:08 |
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