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   nuevo ADR

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EN el nuevo adr 2009, desaparece la obligación de anotar en la carta de porte que no se superan las cantidades indicadas en el 1.1.3.6,
¿De esta forma como podrán saber los conductores si deben o no poner placas?

Eduardo Posse Arenas
13/02/2009 13:05:10

Desaparece la obligación. No es obligatorio. Es voluntario. Lo puedes poner si quieres. De todas formas habrá que indicar la cantidad de materia de cada una de las categorías de transporte.

fernando amador valencia
13/02/2009 19:54:08

Efectivamente, si indicando las cantidades por categoría de transporte, cualquier interveniente en las operaciones (cargador, guardia civil, conductor, etc.)puede conocer si se superan los límites o no ¿para qué obligar a que aparezca la frase? No tiene sentido y muchas han sido las sanciones por la dichosa frase.

Ahora el problema viene porque sigue siendo habitual ver la frase de exención,que no los totales por categoría de transporte, tal y como dice el ADR. Hasta ahora las sanciones venían por omitir la frase y ahora vendrán por omitir los totales por categoría de transporte. ¡Cuidado!

La verdad es que no tenía sentido obligar a que en la carta de porte aparezcan los dos requisitos.

Administrador de foro
13/02/2009 20:29:19

 
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