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Hola de nuevo, pueden ser válidos los asientos traseros como separador de carga?

Gracias por la información anterior, me es de mucha utilidad.

Saludos

Federico López Ceja
16/10/2009 21:19:20

El tema del acondicionamiento de la carga a mi juicio es más bien una cuestión recogida en el Reglamento General de Circulación (RGC) así como en el Reglamento General de Vehículos (RGV). En el primero de ellos el artículo 14 donde se habla de la disposición de la carga establece que ésta no deberá desplazarse de modo peligroso o comprometer la estabilidad del vehículo para lo cual deberá ír sujeta. El RGV establece en su artículo 12.4.2 que los vehículos autorizados a transportar simultáneamente personas y carga (mixtos), deberán estar provistos de una protección adecuada a la carga que transporten. Dichas protecciones se ajustarán a las condiciones establecidas en el Anexo VI. (Sólo obligatorio para vehículos matriculados después del 27 de enero del 2000). En tu caso si la carga va en el habitáculo diseñado para la misma, (tras los asientos traseros sin estar estos plegados),sujeta y sin superar en altura a los asientos, iría correctamente. Por el contrario si desplazas los asientos traseros, deberías colocar una separación (rejilla por ejemplo) entre la zona reservada al conductor y la zona destinada a la carga.

JJ 62
17/10/2009 0:34:41

 
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