Foros de discusión -> General ( 1 de 1 )

   Responsabilidad civil de un consejero de seguridad

Mensaje Autor
¿Cual es la responsabilidad civil de un consejero de seguridad externo?
¿cual es el minimo de un consejero de seguriad para pasar de cuenta ajena a autonomo?

octavio romo rivas
24/03/2010 14:24:16

1- La responsabilidad civil de un consejero de seguridad es ilimitada, incluso puede llegar a ser penal si, por ejemplo,la actuación dolente del consejero hubiera causado fallecimientos.

2- Creo que debes tener los conceptos confundidos, ya que la prestación de cualquier tipo de servicios, por cuenta propia, salvo excepciones como formación, ponencias,etc., obliga a darte de alta como autónomo desde el primer momento. Además deberá darse de alta en Hacienda (IAE)
Un consejero, trabajando por cuenta ajena, tiene un sueldo y debe estar dado de alta en el régimen general de la seguridad social, desde el primer momento.

Administrador de foro
24/03/2010 22:49:28

hola he estado revisando la ley de segun el real decreto 1566/1999 de 8 de octubre sobre los consejeros y en el articulo 6. funciones. expone que El consejero tendrá como cometido principal, en el ámbito de las actividades propias de la empresa y bajo la responsabilidad de la dirección de ésta......
¿Que opinais? a mi me parece que la responsabilidad es de la empresa que contrata a un consejero,
Gracias.

octavio romo rivas
25/03/2010 10:14:25

 
Foros de discusión -> General ( 1 de 1 )
ECOSMEP, S.L.L.* Asarau,20 - 1ºA· 12001 Castellón * Telf: 964 22 45 43 * Fax: 964 22 89 59 * E-mail:ecosmep@ecosmep.com * www.ecosmep.com
Reg. Mercantil de Castellón, Tomo 1073, Libro 637, Folio 186, Sección 8, Hoja CS-17887, Insc. 1ª - C.I.F. B-12559175
AVISO LEGAL © Ecosmep, S.L.L.