Examinarse en cualquier comunidad autonoma
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Lo tienes en el artículo 4 de la Orden FOM/605/2004
| DAVID RODRÍGUEZ PÉREZ 20/12/2021 20:23:58 |
Gracias David.
Veo que está derogado el artículo. Debí leerlo en otro sitio que esta obsoleto. | JOSE ENRIQUE ARROYO LOPEZ 21/12/2021 8:57:23 |
Buenas noches , puedes examinarte en cualquier comunidad autónoma . | Pedro LP 04/01/2022 23:36:40 |
Por derogación del articulo 4 de la orden FOM/605/2004 , la derogación viene en la disposición final única del RD 97/2014Disposición derogatoria única. Derogaciones y vigencias.1. Queda derogado el Real Decreto 551/2006, de 5 de mayo, por el que se regulan las operaciones de transporte de mercancías peligrosas por carretera en territorio español. 2. Continúan vigentes las siguientes disposiciones: a) Orden FOM/605/2004, de 27 de febrero, sobre capacitación profesional de los consejeros de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por carretera, por ferrocarril o por vía navegable, excepto su artículo 4 que se deroga. (El que habla de la comunidad donde resides).
| Pedro LP 04/01/2022 23:44:20 |
Gracias Pedro por la aclaración. | JOSE ENRIQUE ARROYO LOPEZ 06/01/2022 18:03:45 |
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