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   cantidades limitadas

Mensaje Autor
¿Sabéis si en el informe anual se contabiliza la mercancía que se haya acogido a la exención de cantidad limitada LQ? Gracias. Matilde

maria matilde pestano gabino
21/01/2005 19:39:47

Según nos informaron las Autoridades competentes, únicamente deben informarse las cantidades por las cuales la empresa está obligada a nombrar consejero de seguridad y enviar el Informe Anual. En este sentido,no deben introducirles las cantidades de mercancías que se acogen a la exención por LQ, ni aquellas cuyas operaciones se acogen a la exención por no superar las cantidades indicadas en el 1.1.3.6

No obstante, se pueden incluir todas las cantidades cargadas, descargadas, o transportadas, apuntando en el campo de "Observaciones" que se han incluido "cantidades totales sin considerar exenciones"·

Administrador de foro
22/01/2005 0:14:35

 
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