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   INFORME ANUAL (transporte)

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Referente a vuestra respuesta, lo que no me queda muy claro és que nosotros somos transportistas/cargadores/descargadores, una parte la distribuimos a particulares/empresas y la otra se descarga en la estación de servicio. Así pues entiendo que las cantidades transportadas por nosotros y sin contratar transporte externo tienen que coincidir los tres recuadros( Carga/descarga/transporte)o no és necesario que tenga que coincidir lo transportado con lo servido?. Así pues necesito que me aclareis esto ja que lo que me hace dudar és la estación de servicio.

Saludos.

Elisabet Ruiz Serra
10/03/2006 17:36:17

Reiteramos.
Primero sois descargadores de los productos que recibís a la EESS, aunque físicamente las descargas las realicen los conductores. Descargáis todo lo que compráis, independientemente de que después lo disbribuyáis con vuestras cisternas, o lo vendáis directamente en la estación de servicio.

A continuación, diariamente, cargáis vuestras cisternas para hacer la distribución a vuestos clientes: empresas y particulares, por lo que sois cargadores. En general, dichas cargas coinciden con las ventas.
Seguidamente, lo mismo que cargáis lo transportáis a vuestros clientes, por lo que el transporte coincidirá con las cargas de las cisternas y con las ventas.

En la distribución, hay que distinguir entre empresas y particulares que van a utilizar el gasóleo para calefección, puesto que en el primer caso las descargas, aunque las realice nuestro conductor, son responsabilidad de las empresas. En el caso de particulares, la descarga la realiza nuestro conductor y además deben figurar como descarga en el Informe Anual. No obstante, como te dijimos estas descargas,deben figurar con un código postal genérico por cada provincia, de forma que se diferenciaran de las descargas realizadas a los depósitos, cuando se compran los productos.

En cuanto a las ventas directas en la gasolinera, si son directamente a depósitos de véhículos para su funcionamiento, están exentas, por lo que no aparecen en el Informe Anual; es lo más frecuente. Otro caso sería, si se vendieran productos a empresas en bultos: bidones, o GRG´s, etc. puesto que, en ese caso, si superan los 1.000 Kgs/litros por venta/expedición/carga también deberíamos reflejarlas como cantidades cargadas en el Informe Anual.

En el caso de que, como parece, vosotros mismos váis a CLH a cargar, con vuestras cisternas, y éstas suministran tanto a la EESS como a vuestros clientes, la operatoria será la siguiente:

Primero, transporte, por todo lo que compráis, que os cargan en CLH, o el proveedor que corresponda y ellos son responsables de la carga.

Segundo, descarga en los depósitos de la EESS, o a vuestros clientes, distinguiendo si son particulares o no, puesto que en el Informe Anual sólo aparecerán las cantidades descargadas a la EESS y a los particulares.

Bueno, las operaciones que realizáis pueden ser más variadas todavía, pero lo importante es conocer de quién es la responsabilidad y creemos que en las dos respuestas las hemos dejado bastante clara.

Administrador de foro
12/03/2006 22:30:22

 
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