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   Duda informe anual

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Buenas tardes.
No hace mucho que saque el titulo de consejero de seguridad, y tengo una duda a la hora de realizar el informe anual.
Mi duda es la siguiente.
Si por unidad de transporte no se sobrepasan los limites establecidos en el 1.1.3.6. no es necesario que la empresa tenga consejero de seguridad, tampoco es necesario que la empresa declare esa mercancia en el informe anual?
Y si esto es asi, solo hay que incluir en el informe anual los cargamentos que hayan superado los limites establecidos en el 1.1.3.6?

Un saludo.

Javier Sanchez Parra
05/02/2010 15:51:59

Efectivamente.

No obstante hay opiniones para todos los gustos, ya que la dificultad para controlar con exactitud las cantidades que deben ir al Informe Anual es notable, de forma que será necesario llevar un registro de cada carga o descarga y si supera los límites del 1.1.3.6, la cantidad de cada uno de los productos de la operación irá al informe anual. Además es necesario tener en cuenta que para realizar dichos cálculos, no se deben considerar las cajas exentas por LQ. Todo ello, hace muy difícil que las empresas puedan proporcionar las cantidades exactas.

Administrador de foro
05/02/2010 19:50:34

 
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