Todas
las empresas están sometidas a la Ley de P.R.L.
y consecuentemente están obligadas a gestionar la prevención
de riesgos laborales. No obstante la Ley establece distintas
formas de gestión de la prevención, por lo general,
en función del número de trabajadores de la
empresa:
Hasta
6 trabajadores, el propio empresario puede gestionar el
sistema de prevención y, en principio, no está
obligado a pasar una auditoría externa.
De
7 a 500 trabajadores (250 trabajadores en casos de mayores
riesgos), el propio empresario podrá gestionar el sistema
de prevención, pero deberá disponer de personal
designado con la formación básica de P.R.L.
En este caso, deberá pasar una auditoría externa
cada cinco años. No obstante, en el caso de que se
contrate un servicio de prevención ajeno dicha auditoría
externa no será necesaria.
A
partir de 500 trabajadores (250 trabajadores en casos
de mayores riesgos) la empresa deberá disponer de servicios
de prevención propios. También, en este caso,
deberá pasar una auditoría externa cada cinco
años.
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